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9 abr 2026 · Actualizado 07:21 a.m. UTC
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La Suprema Corte de México autoriza el bloqueo inmediato de cuentas bancarias sin orden judicial

La Suprema Corte ha determinado que la Unidad de Inteligencia Financiera puede congelar activos basándose en indicios de actividades ilícitas sin necesidad de una orden judicial previa.

Andrea López

2 min de lectura

La Suprema Corte de México autoriza el bloqueo inmediato de cuentas bancarias sin orden judicial
Foto: judiciariesworldwide.fjc.gov

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dictaminado que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) tiene la facultad de congelar cuentas bancarias de manera inmediata al detectar indicios de actividades financieras ilícitas. La decisión, emitida el 6 de abril de 2026 por una mayoría de seis votos, elimina la necesidad de contar con una orden judicial previa.

El tribunal validó el artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, otorgando efectivamente a esta agencia administrativa el poder unilateral de incluir a personas en la lista de personas bloqueadas. Anteriormente, tales medidas solían requerir solicitudes de autoridades extranjeras, pero el nuevo fallo permite a la UIF actuar basándose únicamente en información recopilada por agencias nacionales.

Un cambio en la supervisión financiera

La SCJN calificó la medida como una acción administrativa preventiva y no como una sanción penal. Según el tribunal, esta política es esencial para proteger el sistema financiero nacional contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo. Al eliminar el requisito de solicitudes extranjeras, el fallo alinea a México con estándares internacionales, como la Convención de Palermo y las directrices del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

Si bien el gobierno gana agilidad, la carga de la prueba recae ahora sobre el titular de la cuenta. Una vez que se congela una cuenta, el individuo debe navegar por un proceso administrativo para recuperar el acceso a sus fondos. Los usuarios afectados cuentan con cinco días hábiles para solicitar una audiencia ante la UIF, la cual dispone de diez días para emitir una resolución.

Expertos legales sostienen que este proceso deja a los ciudadanos en una posición precaria. El abogado José Mario de la Garza señaló en una entrevista con Aristegui Noticias que los recursos legales, como los amparos, pueden prolongarse durante meses o años, dejando al propietario sin acceso a su capital durante el periodo de litigio.

Los críticos del fallo señalan el riesgo de extralimitación gubernamental. La ministra Yasmín Esquivel advirtió que otorgar a la UIF tal poder sin supervisión judicial corre el riesgo de derivar en una aplicación arbitraria. Carlos Enrique Odriozola Mariscal, presidente del Centro Contra la Discriminación, argumenta que, si bien es necesario combatir el crimen financiero, el marco actual carece de los contrapesos suficientes.

"El problema no es combatir el lavado de dinero, sino cómo hacerlo sin afectar los derechos", declaró Odriozola en un análisis reciente. El fallo marca una expansión significativa de la capacidad del Estado para intervenir en activos privados, priorizando la celeridad de la acción administrativa sobre las salvaguardas judiciales tradicionales.

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